¿Quieres que tu auto circule diario? Esto es lo que debes hacer


Algunos quejosos pueden circular todos los días en la Zona Metropolitana del Valle de México a pesar del programa Hoy No Circula ampliado

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¿Quieres que tu auto circule diario? Esto es lo que debes hacer
Ciudad
Abril 14, 2016 10:48 hrs.
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Redacción PV › Primera Voz

CIUDAD DE MÉXICO.- La jueza federal en materia de amparos concedió dos suspensiones provisionales, dentro de un par de juicios contra las modificaciones al Programa Hoy No Circula, para que los dos quejosos puedan circular diario en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Al admitir a trámite las demandas de amparo ’contra el Acuerdo 42 Bis de 1 de abril de 2016, por el que se dan a conocer las medidas temporales para prevenir, controlar y minimizar las contingencias ambientales’, la juzgadora Blanca Lobo resolvió, en un primer momento, en favor de estas dos personas.

Pídase a las autoridades sus informes previos. Se fijan las 13:15 horas del 19 de abril de 2016 para la audiencia constitucional. Se concede la suspensión provisional’, señala uno de los acuerdos publicados ayer por el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
Al impugnar la totalidad del Programa, ambos juicios consideraron, ante el Poder Judicial de la Federación, que se les violentaban sus derechos humanos.

Para conceder la suspensión provisional la jueza explicó que si se negaba esto se podría traducir en una limitación a la circulación que podría convertirse en un perjuicio irreparable para los demandantes.

¿Qué hacer para tramitar un amparo contra el Hoy no circula ampliado?
Acude con un abogado que pueda iniciar el procedimiento administrativo. Recuerda que todos los documentos del coche deben estar en regla (factura original, pago de todas las tenencias y verificación).

El pago por este tipo de trámites pueden ir desde los mil 500 hasta los 10 mil pesos, en este costo influye la cantidad de gente que el despacho/abogado atienda para este mismo asunto.

El recurso de amparo debe tramitarse en un periodo máximo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de la norma, lo cual ocurrió el pasado 6 de abril.

Tu abogado debe presentar por escrito el recurso de amparo ante el Juez de Distrito para solicitar la suspensión del acto reclamado.

Una vez iniciada la demanda de amparo, el Juez de Distrito debe resolver la admisión de la demanda.

Es en ese momento cuando el Juez debe determinar si otorga la suspensión provisional del acto reclamado, en caso de que sea favorable el juzgador señalará una fecha de audiencia constitucional. De esta forma podrías circular todos los días con libertad hasta la fecha de la audiencia.

Por tratarse de un asunto importante el juez fijaría fecha de audiencia en un lapso de 4 o 5 días.

- ¿Qué pasa durante la audiencia?

En esta audiencia constitucional, el Juez valora las pruebas que las partes presenten y determina si concede o no la suspensión definitiva.

En caso de que sea favorable y conceda la razón al quejoso, el amparo tendría vigencia desde ese momento hasta que se dicte la sentencia del juicio.

Si no se concede la razón al quejoso, este puede hacer valer un recurso de revisión que es necesario tramitar ante un Tribunal Colegiado.

Fuente:Excelsior

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