El Tribunal Electoral ordena modificar el contenido de las mañaneras de AMLO


*El pasado 14 de julio, el Tribunal Electoral resolvió que el presidente incurrió en violaciones directas al principio de imparcialidad y equidad en las elecciones.

| | Desde guerrerohabla.com
El Tribunal Electoral ordena modificar el contenido de las mañaneras de AMLO
Elecciones
Julio 19, 2021 19:12 hrs.
Elecciones ›
Carina García › guerrerohabla.com

Ciudad de México. 19 julio 2021.-La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) instó al presidente Andrés Manuel López Obrador a, ’por conducto de su Consejería Jurídica y de la Coordinación de Comunicación Social, tener un especial cuidado en las expresiones que utiliza durante las conferencias matutinas’ en materia político electoral.

López Obrador fue considerado responsable de violar los principios constitucionales de imparcialidad y equidad en las elecciones por un mensaje que ofreció durante una conferencia mañanera de diciembre de 2020 (el presidente solo puede ser juzgado por los delitos de traición a la patria y delitos del fuero común –no por violaciones en materia electoral–).

Se ordena a subordinados, no al presidente
En sesión realizada este lunes, los magistrados acataron la sentencia emitida el pasado miércoles 14 de julio por la Sala Superior del Tribunal Electoral, en la que se concluyó que el mandatario incurrió en violaciones directas a la Constitución al haberse expresado en términos negativos contra la oposición y, por tanto, haberse posicionado a favor de su partido Morena, en su conferencia matutina del 23 de diciembre del año pasado.

’Sí es responsable de esas faltas pues tiene un deber de cuidado en el ejercicio de sus funciones y resulta imperiosa la necesidad de garantizar los principios constitucionales de imparcialidad, equidad y neutralidad’, establecieron los magistrados.

No obstante, ’no se califica su actuar puesto que no se encuentra dentro del régimen especial que para el presidente constitucional de los Estados Unidos mexicanos establece la ley que es la Constitución. El 108 constitucional establece que el presidente sólo podrá ser sancionado por traición a la patria o delitos de orden común pero no respecto de infracciones electorales’.

La Sala Especializada ordenó ’medidas de no repetición’ de las irregularidades: pidieron a la Consejería Jurídica, a la Dirección de Comunicación Social, a la Vocería de la Presidencia y al Centro de Producción de Programas Informáticos y Especiales (Cepropie) ajustar el material que difunden.

Es decir, en procesos electorales, en consultas populares o en procesos de revocación de mandato está prohibida la difusión de propaganda gubernamental, excepto la relacionada con salud o protección civil en casos de emergencia. Además se les recordó que en todo tiempo está prohibida la difusión de propaganda personalizada con uso de imágenes, voz o nombre de funcionarios públicos.

En la sentencia se les ordenó además editar la conferencia matutina del 23 de diciembre que fue considerada una infracción ’y el retiro provisional de esta conferencia hasta la conclusión de la consulta popular, es decir, que no esté a disposición de medios de comunicación para evitar esta repetición o esta multiplicidad de difusión’. Adicionalmente solicitó que ’el presidente considere modificar y revisar en su caso la normatividad en materia de propaganda gubernamental para cumplir con los principios constitucionales indicados’. Se ordenó además publicar una extracto de la sentencia en Facebook y en Twitter para informar a la ciudadanía sobre la determinación adoptada, sus causas y efectos. La magistrada Gabriela Villafuerte emitió voto particular, pues a su juicio sí se acreditó que en la conferencia de prensa denunciada se hizo uso indebido de recursos públicos, porque –agregó– se utilizaron las redes oficiales del presidente y del gobierno de México: ’Se benefició a Morena porque al hablar en contra de los partidos PRI PAN y PRD ,y asumirse como parte de una fuerza política, de esa manera el discurso es a favor (de unos) y en contra (de otros). También hay uso indebido de recursos públicos –expuso-, ’porque el propio presidente de México es un recurso público, entendido como parte de su imagen, de manera que al haber propaganda con elementos de promoción personalizada, él mismo fue Instrumento de ella’. En la conferencia de diciembre que fue denunciada por el PRD, el presidente se expresó en términos negativos hacia la oposición y por tanto se posicionó electoralmente a favor de su partido Morena, según concluyó la Sala Superior del TEPJF. ’Ellos representan al antiguo régimen. Se agrupan para defender al antiguo régimen, defender los privilegios, lo que significó la política neoliberal, el beneficio para las minorías, la corrupción, el empobrecimiento del pueblo, la inseguridad, la violencia. Van a buscar en las elecciones el regreso de ese régimen antipopular, corrupto, de privilegios’, dijo entonces el presidente López Obrador.

Ver nota completa...

Escríbe al autor

Escribe un comentario directo al autor

Suscríbete

Recibe en tu correo la información más relevante una vez al mes y las noticias más impactantes al momento.

Recibe solo las noticias más impactantes en el momento preciso.


El Tribunal Electoral ordena modificar el contenido de las mañaneras de AMLO

Éste sitio web usa cookies con fines publicitarios, si permanece aquí acepta su uso. Puede leer más sobre el uso de cookies en nuestra política de uso de cookies.