En Guerrero no existe protocolo que proteja la integridad de menores al salir de escuelas: López Sugía


*Cada plantel se organiza de manera interna para entregar a los alumnos a padres o tutores

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En Guerrero no existe protocolo que proteja la integridad de menores al salir de escuelas: López Sugía
Política
Marzo 04, 2020 17:52 hrs.
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Raymundo Ruiz Avilés › guerrerohabla.com

Plantea diputado junto con una legisladora panista reformar la Ley de Educación


Taxco, 4 de marzo. En el estado de Guerrero no existe ningún protocolo formal y estandarizado destinado a salvaguardar la integridad de los menores al término de la jornada escolar, sino que cada centro educativo se organiza de manera interna en lo que tiene que ver con la entrega de los alumnos a sus padres o tutores, expresó el diputado Arturo López Sugía.

El legislador promovió junto con la diputada del PAN Guadalupe González Suástegui modificar la Ley de Educación del Estado de Guerrero para que en las escuelas se establezcan protocolos de seguridad para el trayecto de los niños de regreso a sus hogares a la que se ha llamado Ley Fátima, en memoria de la menor asesinada el pasado mes de febrero en la Ciudad de México.

’El objetivo es que nunca más permitamos que vuelva a ocurrir un hecho tan deleznable, no en las escuelas de Guerrero, no vamos a permitirlo’, expresó el legislador al ser entrevistado sobre esta iniciativa conjunta promovida con la diputada panista.

Recordó que 18 de febrero urgió a contar con una ’guía operativa que ayude a evitar en la medida de lo posible que ocurran casos como el de la pequeña Fátima en la Ciudad de México, la cual fue robada a la salida de la escuela luego que sus padres no llegaron a tiempo a recogerla’.

Demostró que ’no existe en la legislación local, específicamente en la Ley de Educación del Estado de Guerrero Número 158, ninguna referencia a la protección de los menores desde el momento de abandonar el centro escolar y en el trayecto del camino a su domicilio’.

Lo anterior pese a que en la actualidad ya existen diversas normatividades que obligan a velar por la seguridad de los menores, entre éstos la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, que en su artículo 35, pide a los estados partes que tomen ’todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma’.

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