Imparte CEMYBS capacitación en materia de hostigamineto y acoso sexual en el ámbito laboral


Sensibilizan y brindan asesoría a las y los servidores públicos en estos temas.

| | Desde tabloiderevista.com
Imparte CEMYBS capacitación en materia de hostigamineto y acoso sexual en el ámbito laboral
Seguridad
Enero 04, 2019 11:27 hrs.
Seguridad ›
De la redacción › tabloiderevista.com

Buscan la participación activa en la detección y prevención de estas conductas.

Toluca, Estado de México, 4 de enero de 2019.- Derivado del pronunciamiento de Cero Tolerancia en materia de hostigamiento y acoso sexual en el ámbito laboral, emitido por el Gobernador del Estado de México, Alfredo Del Mazo Maza, el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social (CEMyBS), imparte capacitaciones en esta materia.

A través de la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia, personal del CEMyBS busca sensibilizar y brindar asesoría en la implementación de los instrumentos legales, a las y los servidores públicos de las diferentes dependencias de gobierno, ya que estos son el sector objetivo.

Durante las capacitaciones se muestra la diferencia entre acoso y hostigamiento, así como las características que presentan las personas que son víctimas y las consecuencias psicológicas, físicas y sociales que conllevan, además se emiten recomendaciones acerca de cómo pueden ser atendidos los casos.

Esto, con la finalidad de que todas y todos puedan participar activamente en la detección y prevención, de conformidad con las disposiciones en la aplicación del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Estado de México.

Cabe destacar que el artículo 13 de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México define hostigamiento sexual como el ejercicio de poder que se realiza en el marco de una relación de subordinación laboral o escolar, en el que se expresan conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad y de connotación lasciva.
Asimismo el artículo 12, explica que el acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para quien lo vive, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Para mayores informes se pueden acercar a las oficinas centrales del CEMyBS, ubicadas en Av. José María Morelos 809 poniente, Col. La Merced, Toluca, Estado de México, Tel. (722) 2-13-89-15, ext. 179.

Ver nota completa...

Escríbe al autor

Escribe un comentario directo al autor

Suscríbete

Recibe en tu correo la información más relevante una vez al mes y las noticias más impactantes al momento.

Recibe solo las noticias más impactantes en el momento preciso.


Imparte CEMYBS capacitación en materia de hostigamineto y acoso sexual en el ámbito laboral

Éste sitio web usa cookies con fines publicitarios, si permanece aquí acepta su uso. Puede leer más sobre el uso de cookies en nuestra política de uso de cookies.