Lecciones Constitucionales

’La Cultura Jurídica Autónoma’

’La Cultura Jurídica Autónoma’
Política
Mayo 28, 2021 00:53 hrs.
Política ›
Marco Antonio Baños Avendaño › diarioalmomento.com

En diversos textos del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, podemos encontrar que, por ’cultura jurídica’ podemos entender la suma de diferentes conjuntos de saberes y enfoques: en primer lugar, el conjunto de teorías, filosofías y doctrinas jurídicas elaboradas por juristas y filósofos del derecho en una determinada fase histórica; en segundo lugar, el conjunto de ideologías, modelos de justicia y modos de pensar sobre el derecho propios de los operadores jurídicos profesionales, ya se trate de legisladores, de jueces o de administradores; en tercer lugar, el sentido común relativo al derecho y a cada institución jurídica difundido y operativo en una determinada sociedad.

Entre el derecho positivo y la cultura jurídica existe, por otra parte, una relación de interacción recíproca, sin embargo existen relaciones de Poder, hechas entre los Poderes del Estado que al parecer no son benéficas, como el hecho de que se tengan facultades de nombramientos del Ejecutivo al Poder Judicial, o que una facción de izquierda en el Poder Legislativo, por decirlo así, omita observaciones a nombramientos hechos por el Ejecutivo. Todo esto obliga a pensar que no hay un equilibrio de poderes, sino obligaciones reciprocas de mantener grupos de poder o intereses creados por cada poder.

Debemos acudir a un nuevo concepto, acuñar un concepto nuevo: ’Cultura Jurídica Autónoma’, de la cual podemos revisar que cada Poder debe tener su propia cultura jurídica autónoma y responder al Pacto Federal, renovar los conceptos de Equilibrio de Poderes, revisar nuevamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, plantear Reformas Judiciales nuevas, Reformas al Poder Ejecutivo Federal y de los Estados, plantear Reformas al Poder Legislativo para que no exista entreguismos y su llamada Soberanía se respete por la voluntad popular.

Actualmente existen múltiples enfoques jurídicos de doctrinarios y catedráticos sumamente preparados que pueden dar ideas y Reformas Estructurales a Oaxaca, teóricos del Derecho, filósofos y Doctrinarios, Juristas ue pueden transformar Oaxaca en estav llamada 4ª Transformación.

Lo cierto es que de vemos plantear Nuevos Modelos de Justicia Autónomos en Oaxaca, frente a lo arcaico y obsoleto de normas que constitucionalmente son inoperantes, no responden a la Voluntad Popular, no responden al ideal de Cuarta Transformación que se quería para nuestro país.

Por citar un ejemplo, el llamado Estado Democrático de Derecho en Oaxaca es inoperante, no sirve la figura jurídica de la Omisión Legislativa porque no existe en nuestra Constitución Local, no se pude hacer trabajar al Legislador a fuerza para beneficio del pueblo, esto es una gran oscuridad y laguna para nuestro derecho oaxaqueño.

Por su parte, nuestros operadores jurídicos profesionales: Nuestros legisladores, son de cualquier profesión u oficio, no hay profesionalismo en toda la actividad legislativa, no hay seguridad de hacer mejores leyes y reformas para un Estado como el de Oaxaca en el que se necesita progreso, aplicación de las leyes y respeto a la Constitución.

Los jueces o de administradores; evaluados frecuentemente, capacitados, lo mismo Magistrados que por su investidura deben responder a conocimientos plenos del Derecho que se atiende o se invoca por particulares.

Existen múltiples problemas para hacer de nuestro Estado de Oaxaca un perfecto Estado Constitucional de Derecho, es una lucha titánica, cuando no hay preparación académica de los protagonistas políticos.

En todo el Territorio Nacional hay problemas sobre la incipiente Democracia que tenemos los mexicanos, en Puebla y Chihuahua se habla de Plebiscito y referéndum, en Oaxaca no se aplica por desconocimiento de la Ley de Participación Ciudadana, en cada institución jurídica o democrática como el INE no hay difusión de las leyes en materia Democrática, hay inconsistencias en el actuar democrático, no obstante el Artículo 3°Constitucional refiere que la Democracia es una Forma de Vida, limitando el actuar institucional al Voto, no más prácticas democráticas como Autoridad Electoral.

Surgen a partir de estas premisas tres grandes e inquietantes interrogantes a contestar:

¿Qué beneficios traería una Cultura Jurídica Autónoma respecto de la Política? El prepararse para una elección, para gobernar, para decidir conforme a derecho, para poder brindar mejores expectativas a los ciudadanos, para saber a ciencia cierta que la política es sólo el interés que involucra respeto a las decisiones de los demás, en sí de la auténtica democracia que no hemos tenido.

¿Existe esta Cultura Jurídica Autónoma en los 3 Poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial? No, todos responden a intereses creados, la Constitución Federal tiene que sufrir Reformas sustanciales, Cambios Radicales en su letra y en su aplicación para respetar un Nuevo Estado Constitucional o Democrático de Derecho en el País entero.

¿Podemos actuar jurídicamente en una sociedad acostumbrada años atrás al clientelismo político, a paternalismo del Estado, equilibrio de poderes con intereses creados a un actuar nuevo con reglas del juego democrático, político y jurídico distintas? Claro que sí, principalmente se está queriendo abolir la corrupción imperante en todo nivel gubernamental, pero no se ha querido cambiar la Letra de la Norma Constitucional por no existir el ánimo de cambiar normas constitucionales para hacerlas efectivas, sobre todo en materia Democratica que ya urgen para todo el país.

Mientras tanto, generar un nuevo compromiso democrático será difícil, como en un parto donde nace una nueva realidad a la que no estamos acostumbrados, al cumplimiento de la Ley, de la Norma Constitucional que de no aplicarse, seguiremos en la ilusión del compromiso nebuloso de la 4ª Transformación que aún no vemos que sea una realidad plena y total para la salud de la República Mexicana.

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