Max Correa presenta Reforma Federal para darle Derechos a la Madre Tierra


La iniciativa de ley también contempla el reparto de tierras, preferentemente a jornaleros agrícolas y campesinos que carecen de ellas, y establece el derecho de audiencia y justa indemnización a ejidatarios y comunidades ante expropiaciones y afectaciones sin decreto.

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Max Correa presenta Reforma Federal para darle Derechos a la Madre Tierra
Agricultura
Diciembre 12, 2019 17:04 hrs.
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Michelle López › Informativo Nacional

EL diputado Max Correa Hernández presentó una iniciativa que reforma cinco Artículos de la Constitución Federal para elevar a rango constitucional los Derechos de la Naturaleza.

En la misma propuesta, que realizó en la tribuna parlamentaria del Congreso del Estado de México a nombre de la bancada de Morena, contempla retrotraer el principio de reparto de la tierra con base al texto original de la Constitución de 1917, estableciendo el derecho de audiencia y justa indemnización a ejidatarios y comunidades ante expropiaciones y afectaciones sin decreto.

’En lo que respecta a nuestro papel para coadyuvar en la Cuarta Transformación desde el Poder Legislativo identificamos tres aspectos fundamentales para transitar al postneoliberalismo, y para ello es necesario reformar los Artículos 1, 2, 3, 4 y 27 de la Carta Magna, por ello nuestra iniciativa la haremos llegar al Congreso de la Unión, en primera instancia al Senado de República’.

Explicó que la propuesta trata de establecer un nuevo tipo de relación del hombre en la naturaleza, partiendo del hecho que la Madre Tierra es un ser vivo y, por lo tanto, un ente con derechos, como los de preservar la flora, fauna y zonas naturales protegidas, y el uso racional humano y agropecuario del agua de gravedad y del subsuelo, entre otros.

Correa Hernández argumentó que durante el periodo neoliberal los gobiernos en turno privilegiaron la explotación de los recursos naturales sobre su preservación; priorizaron la extracción de hidrocarburos por sobre la producción de alimentos; concesionaron casi el 30 por ciento del territorio nacional a empresas mineras nacionales, sobre todo a extranjeras que son quienes devastan en países ajenos lo que no pueden hacer en los suyos.

’Por esta razón el Grupo Parlamentario de Morena considera muy necesario reconocer en el Artículo 1 de nuestra Carta Magna los Derechos de la Naturaleza al mismo nivel que los derechos humanos.

’En el Artículo 2 consideramos importante hacer valer los derechos de los pueblos originarios, campesinos e indígenas respecto a la gestión de sus territorios bajo las formas de respeto a los derechos de la naturaleza, que es como sus comunidades se relacionan todos los días con la Madre Tierra’.

El también dirigente nacional de la Central Campesina Cardenista (CCC) resaltó que el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza debe ser también a nivel de los estilos de vida, ’por ello consideramos que la educación debe incluir el respeto a los Derechos de la Naturaleza, como lo establecemos con esta iniciativa en el Artículo 3 Constitucional.

’De esta manera establecemos en la iniciativa que los Derechos de la Naturaleza son el cuidado, existencia, conservación, mantenimiento, restauración y regeneración de los ciclos biológicos de los bosques, agua, flora, fauna y formas de vida de los ecosistemas naturales, por ello se otorga al Estado la responsabilidad de generar políticas públicas para garantizarlos, y se considera que la transgresión a estos derechos debe generar responsabilidades, como se establece con esta reforma en el Artículo 4 de la Constitución’.

En ese sentido, resaltó que la Cuarta Transformación debe garantizar un cambio estructural en favor de los pequeños campesinos, la cual pasa por la garantía constitucional sobre su propiedad.

’Por ello la presente iniciativa considera que todo el excedente de tierra que resulte de la reducción de la supuesta pequeña propiedad se dirija a un Banco de Tierras, a cargo de la SEDATU, que permita reiniciar el reparto de las mismas a los jornaleros campesinos que tuvieron instaurados expedientes de dotación anterior a la reforma constitucional neoliberal de 1992, preferentemente a jornaleros agrícolas y campesinos sin tierra’.

Finalmente, apuntó que la iniciativa también establece los derechos de audiencia y justa indemnización a ejidos y comunidades ante los decretos expropiatorios y afectaciones sin decreto: ’El pueblo originario, indígena o ejidal, debe ser considerado como socio de la obra pública que se establezca en ellas, a efecto de que proporcionalmente el valor de las tierras sea cuantificado en acciones o en otros valores y recibir beneficios económicos y ambientales de las obras’.

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