CIUDAD DE MÉXICO, (Al Momento Noticias).- Una pareja recibió protección de la justicia federal para registrar a sus hijas con el apellido materno en primer lugar y no el paterno.
La protección fue otorgada por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien además autorizó la modificación de las Actas de Nacimiento de las dos menores.
De acuerdo con la jueza a cargo, el Artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal es inconstitucional, porque prioriza al varón sobre la mujer, lo que fortalece la desigualdad en las relaciones sociales, donde la madre tiene un valor familiar menor.
La jueza determinó que el Registro Civil deberá especificar que las menores son registradas con los apellidos maternos en primer lugar para evitar filiaciones prohibidas por la ley cuando contraigan matrimonio o vivan en concubinato, esto como una forma de protección a sus relaciones filiales.
Asimismo, se autorizó que las menores cuenten con un derecho a escoger el orden de sus apellidos cuando cuenten con la edad y la madurez necesaria, pues actualmente solo tienen 11 meses de edad.
La jueza aseveró que el Registro Civil violó el derecho humano al nombre y el principio de igualdad de la Constitución al negarse a registrar a las menores como sus padres lo deseaban.