Otorgan los primeros amparos en contra del decreto presidencial que prohíbe la importación de vaporizadores


l ’La resolución del juez privilegia la libre determinación’: Cirión Lee.

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Otorgan los primeros amparos en contra del decreto presidencial que prohíbe la importación de vaporizadores
Política
Octubre 30, 2020 01:16 hrs.
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Ana Victoria Castillero Ley › diarioalmomento.com

l Se suman elementos para aplicar, eventualmente, la Declaratoria General de Inconstitucionalidad sobre el decreto.

Bajo el argumento de que no es posible aplicar la ley de manera discriminatoria, el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió un amparo a dos personas para poder importar y consumir vaporizadores, por lo que no serán sujetos al decreto que emitió el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, el pasado 19 de febrero de 2020 para prohibir la importación y exportación de dichos dispositivos electrónicos.

Juan José Cirión Lee, presidente de la organización civil México y el Mundo Vapeando, explicó que el pasado 22 de octubre se publicó la sentencia que declara inconstitucional el decreto presidencial referido, concediendo el amparo a dos promoventes para el efecto de que no se les aplique el decreto y quedar en la posibilidad de importar los dispositivos que necesiten para uso personal.

’La resolución del Juez de Distrito privilegia la libre determinación y la inacción del gobierno al no regular las alternativas de consumo de nicotina, al no poder ser prohibidas mientras el cigarro convencional se encuentre permitido’, explicó el especialista en Derecho.

Y en efecto, el juez afirmó en su sentencia que los fumadores de tabaco y los vapeadores se localizan en una situación similar, por lo que el decreto que prohíbe la importación y exportación de cigarros electrónicos es discriminatorio.

"Quienes usan y pretenden importar o exportar el tabaco y los productos realizados con éstos para consumo personal -argumentó el juez-, están en una situación similar a quienes utilizan alguno de los otros dispositivos mencionados en las normas reclamadas y desean importarlo o exportarlo".

"Así que es concluyente -agrega la sentencia-, que los productos del tabaco, principalmente, los cigarros, son similares a los previstos en los códigos arancelarios referidos. Por ende, los consumidores de unos y otros se encuentran en situaciones comparables, y también quienes los importan y exportan para satisfacer su consumo personal".

Juan José Cirión Lee recordó que a la fecha suman más de 300 los amparos promovidos en contra del decreto presidencial mencionado, bajo el argumento de que es anticonstitucional, ya que atenta en contra de la libre elección de los consumidores, pero, sobre todo, porque su argumento es falso y erróneo.

Sobre este punto, el activista explicó que la inconstitucionalidad del decreto es clara, pues se basa en información falsa, ya que se sustenta en las muertes que ocurrieron en la segunda mitad del año pasado en Estados Unidos por el uso de vaporizadores, sin ahondar en las causas de dichos decesos.

Y lo anterior, porque las propias autoridades estadounidenses aclararon que los decesos fueron por el vapeo de sustancias adquiridas en el ’mercado negro’ y adulteradas, pues contenían principalmente THC, el cual es un compuesto psicoactivo de la marihuana junto con un compuesto que se llama Acetato de Vitamina E.

De esta manera, el gobierno mexicano omitió la aclaración que hizo el gobierno de Estados Unidos al señalar que las muertes mencionadas fueron por el uso de sustancias nocivas y no por la actividad propia del vapeo.

Por lo anterior, Juan José Cirión Lee afirmó que hay elementos para esperar que sigan otorgándose un mayor número de amparos en contra del decreto, y así, con elementos legales, echar abajo la disposición presidencial y avanzar hacia una regulación específica para la venta y distribución de los vaporizadores.

Al respecto, el especialista explicó que una eventual Declaratoria General de Inconstitucionalidad sobre el decreto presidencial se sustentaría en los artículos 231, 232 y 233 de la Ley de Amparo y se basa en la reiteración de criterios por Tribunales Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia.

Las condiciones que se requieren para ello, agregó el activista, es que haya cinco declaratorias de inconstitucionalidad del decreto por parte de los Tribunales Colegiados de Circuito y con ello exista la posibilidad de denunciar la declaratoria general de inconstitucionalidad

Finalmente, Cirión Lee recordó que buena parte de los amparos han sido solicitados por personas que buscan dejar el tabaquismo y que se apoyan en los vaporizadores para lograrlo, en línea con la estrategia adoptada por el gobierno de la Gran Bretaña que facilita el uso de esos dispositivos electrónicos para aquellas personas que desean abandonar el consumo del tabaco. Sin embargo, las prohibiciones que existen en México, lo único que logran, es orillar a que la persona regrese al hábito del consumo de cigarros convencionales.

Sobre este punto, recordó que los vaporizadores son un dispositivo de química distinta al cigarro de tabaco, por la simple razón de que el primero genera vapor y el segundo humo, derivado de un proceso de combustión que en el primero no ocurre, de ahí que los cigarros electrónicos tengan un efecto 95 por ciento menor al que provocan los tradicionales.

México y el Mundo Vapeando es un grupo de entusiastas del vapeo con la única misión de defender el derecho a elegir un método de reducción de daños en el país. Sus colaboradores tienen la firme convicción de una regulación justa para combatir el terrible hábito del tabaco, teniendo como base la ciencia y el libre derecho de expresión.

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