Prohíbe el IEPC-Gro a partidos y a precandidatos realizar actos anticipados de campaña; advierte que habrá sanciones


*El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) advirtió a los partidos y actores políticos

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Prohíbe el IEPC-Gro a partidos y a precandidatos realizar actos anticipados de campaña; advierte que habrá sanciones
Elecciones
Enero 28, 2021 14:32 hrs.
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Marcial Campuzano › guerrerohabla.com

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El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) advirtió a los partidos y actores políticos, que tienen prohibido realizar actividades anticipadas de campaña en el periodo de intercampaña, que comprende a partir de la conclusión de los procesos internos de selección de candidatos, hasta un día antes de que inicien las campañas electorales. Quien no cumpla esa disposición será sancionado.
Además, dio a conocer que el periodo de registro de los candidatos a gobernador del estado comprenderá del 15 de febrero al primero de marzo; para diputados locales de mayoría y de representación proporcional será del 7 al 21 de marzo; y para el registro de las planillas municipales para la elección de ayuntamientos el periodo de registro será del 27 de marzo al 10 de abril.
En sesión virtual llevada a cabo este miércoles, el órgano electoral emitió el aviso que deberán observar los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes y precandidaturas, en el marco del proceso electoral de gobernador, ayuntamientos y diputados que tiene que ver con las restricciones y prohibiciones que establece la ley electoral del estado.
De entrada, dio a conocer que el periodo de precampaña de la elección de gobernador comprendió del 10 de noviembre de 2020 al 8 de enero de 2021; mientras que el periodo de campaña comprenderá del 5 de marzo al 2 de junio. Para el caso de diputaciones locales de mayoría el periodo de precampaña fue del 30 de noviembre de 2020 al 8 de enero de 2021; el periodo de campaña comprenderá del 8 de abril al 2 de junio. Y para la elección de ayuntamientos las precampañas comprendieron del 14 de diciembre de 2020 al 8 de enero de 2021, y el periodo de campaña será del 24 de abril al 2 de junio.
El IEPC explicó que la intercampaña es el periodo que transcurre del día siguiente de que terminan las precampañas, al día anterior del inicio de las campañas, que de acuerdo a la Ley Electoral no es un periodo para la competencia electoral, sino que tiene por objeto poner fin a una etapa de la preparación de los partidos de cara a la jornada electoral, y abre un espacio para que se resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de candidatos.
Por lo anterior el Instituto Electoral comunicó a los partidos políticos, a los aspirantes a cargos de elección popular y a la ciudadanía en general, que en el caso de la elección de gobernador está prohibido realizar actos de proselitismo de promoción del voto en el periodo comprendido del 9 de enero al 4 de marzo; el periodo de prohibición en la elección de diputados de mayoría es del 9 de enero al 3 de abril; mientras que el periodo de intercampaña en la elección de ayuntamientos es del 9 de enero al 23 de abril.
Por lo anterior el IEPC avisó a los partidos y a los actores políticos que tienen estrictamente prohibido realizar por sí o por terceros actos anticipados de campaña electoral, ’entendiéndose por estos el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones, expresiones, así como las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos en que los partidos políticos, sus militantes, voceros, candidatas o candidatos se dirigen al electorado para promover las candidaturas, o solicitar el voto a su favor antes del inicio de las campañas electorales’.
Advirtió que en caso de incumplimiento, el Consejo General del IEPC ’tomará las medidas necesarias para ordenar la suspensión inmediata de los actos que constituyan campaña anticipada, con independencia de las sanciones que se hagan acreedores quienes realicen actos anticipados de campaña’.
Durante la intercampaña la libertad de expresión de los partidos, de sus candidatos, de los candidatos independientes, ciudadanía en general y el derecho de los medios de comunicación de realizar labor periodística al realizar entrevistas están salvaguardados, ’haciendo énfasis que podrán asistir a eventos privados y reuniones en los que expongan temas generales y de interés público, siempre y cuando no llamen al voto ni incurran en actos anticipados de campaña’.
Además, la Ley Electoral señala que es obligación de los partidos, de las precandidaturas y simpatizantes retirar la propaganda de precampaña para su reciclaje, por lo menos 3 días antes del inicio del plazo para el registro de candidatos.
Si incumplen esa disposición, el Consejo General del IEPC retirará la propaganda con cargo a la ministración del financiamiento público que corresponda al partido político responsable, además habrá sanciones y se iniciarán procedimientos sancionadores.

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