Pueden sancionar hasta con cárcel a quienes cometan delitos electorales


*Si vendes tu voto te conviertes en cómplice, no en víctima, y es un delito que se castiga con cárcel.
Vender o comprar el voto está penado

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Pueden sancionar hasta con cárcel a quienes cometan delitos electorales
Elecciones
Junio 03, 2021 20:31 hrs.
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*Las multas varían de acuerdo a la posición socioeconómica del infractor

Ciudad de México. Jueves 3, Jun 2021.-El próximo 6 de junio habrá elecciones en México para elegir a 500 diputados federales y 19 mil 915 cargos de carácter local; sin embargo, como se ha vuelto una constante en nuestro país, los delitos en torno a este proceso, que debería ser libre y democrático, siempre se hacen presentes, por eso te invitamos a conocer cuáles son estos delitos, partiendo de la pregunta que muchos se hacen ¿Puedo ir a la cárcel si vendo mi voto?

Bueno, pues de acuerdo con la ley en materia electoral, la respuesta ’a bote pronto’ sería un ’depende’, pues dependiendo de muchos factores que a continuación explicaremos, quienes incurren en este delito, podrían ser acreedores a múltiples y graves sanciones y dependiendo del rango de gravedad, también podrían parar en la cárcel.

La Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade) señala que un delito electoral es todo acto u omisión contrario a la ley previsto y sancionado penalmente por la misma, es decir, que son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible. De tal manera, que efectivamente vender o comprar el voto, es un delito.

Entonces, si vendes tu voto, te conviertes en cómplice, no en víctima, y es un delito que se castiga con cárcel, pues en el artículo 7º del capítulo II de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se establece que se impondrán de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien ’solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien, mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma’.

Otros delitos electorales

Ahora bien, ¿qué otras acciones son consideradas como delitos electorales?

Pues de acuerdo con el Instituto Electoral de la Ciudad de México, son las siguientes:

¬ Solicitar votos a cambio de dinero y entorpecer el desarrollo de las votaciones.
¬ Solicitar evidencia del sentido del voto con fotos o una declaración firmada.
¬ Votar a sabiendas que no cubre los requisitos que por ley se requieren.
¬ Utilizar y pretender votar con una credencial que no sea suya.
¬ Intentar votar más de una vez en una misma jornada electoral.
¬ Acarrear votantes con la finalidad de influir en su voto.
¬ Obstaculizar el traslado y entrega de paquetería electoral.
¬ Retener durante la jornada electoral, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
¬ Alterar el Registro Federal Electoral (Turismo Electoral), para intentar votar en otro municipio distrito o estado.

Sanciones, según gravedad del delito

Una vez conocido lo anterior, podemos deducir que todos podríamos incurrir en uno de esos delitos, no obstante, la Fepade señala de una forma más específica que un delito electoral puede ser cometido por funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religiosos, además de los ciudadanos.

De tal manera que estas conductas están contenidas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, y se contemplan sanciones en el caso de ser cometidas, mismas que se determinarán una vez que la Fepade haga la investigación correspondiente, pues la pena va ligada con el nivel de estudios y nivel socioeconómico del infractor; esto quiere decir, que una persona podría pagar un día de salario mínimo o terminar en prisión.

En este escenario, aquellos testigos de que alguien cometió un delito electoral, una víctima o aquel a quien se le condicione el voto, debe denunciar ante la Fepade porque, de lo contrario, podría terminar señalado como cómplice, más aún cuando se acepta dinero a cambio del voto.

Una vez que se inicia la denuncia, dijo, la Fepade resolverá si la persona es inocente o culpable. En caso de comprobarse la culpabilidad, la persona señalada deberá presentarse ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y éste determinará la sanción a la que se hará acreedora.

Van 32 carpetas de investigación por delitos electorales

De acuerdo con el titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, Sergio Zúñiga Hernández, ya van un total de 32 carpetas de investigación abiertas durante el tiempo de campañas electorales, así como 35 actas circunstanciadas.

’Las actas circunstanciadas derivan de la aplicación electrónica que recientemente se puso en marcha para que la ciudadanía denunciara posibles delitos electorales, por ende los denunciantes son anónimos’ destacó.

Asimismo, indicó que de las carpetas de investigación existe una persona detenida, y se relaciona con la compra de votos a cambio de dádivas, tales como las despensas ’del total de carpetas, ocho corresponden a presunta violencia política en razón de género y durante los días de campaña no se registró violencia relacionada con la política como ha ocurrido en otras entidades’, aclaró
Fuente: Diario imagen

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