Sancionarán a AMLO por informe de 100 días de gobierno


AMLO habría violado la veda electoral por la difusión de su informe de 100 días de Gobierno, de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

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Sancionarán a AMLO por informe de 100 días de gobierno
Política
Mayo 27, 2021 03:41 hrs.
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Redacción › Emmanuel Ameth Noticias

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) solicitó que sea sancionado el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por la difusión de su informe de 100 días de Gobierno del presente año, que se llevó a cabo el 30 de marzo.

Por unanimidad de votos, los magistrados coincidieron que el acto no se trató de un informe de labores, de los previstos en la Constitución, sino de un acto ilícito de propaganda gubernamental personalizada. Consideraron que la difusión de dicho informe, el 30 de marzo pasado, violó la veda electoral.

El mensaje de AMLO, según el Tribunal Electoral, violó la veda electoral y amerita una sanción debido a que ya habían iniciado las campañas en Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí, Sonora.

En la sentencia, cuyo proyecto elaboró el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se precisó que durante el mensaje del presidente se tocaron temas como finanzas públicas, acciones sociales, producción nacional de bienes, política energética, obra pública y seguridad pública, entre muchos otros.

’Bajo estas premisa se establece que con la difusión del evento en esos seis estados, si se generó el ilícito constitucional de cuenta’, estable la sentencia.

Jeanine Otálora Malassis, magistrada del Tribunal Electoral, explicó que el informe de 100 días de gobierno de AMLO no se ajustó a los parámetros para los informes de gobierno, los cuales están regulados por las leyes federales.

La magistrada recordó que en época electoral sólo puede generarse propaganda relativa a autoridades electorales, servicios de educación y salud o protección civil en casos de emergencia. Otros actos de comunicación de gobierno deben valorarse. Si se establece que tiene por fin un acto de campaña gubernamental personalizada, no debe transmitirse.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón consideró que el mensaje de AMLO fue promoción personal, para tener aprobación del trabajo de su gobierno y sus acciones en los primeros 100 días de 2021.

Sin embargo el 6 de mayo pasado, la Sala Especializada del TEPJF, analizó este caso, derivado de en una impugnación presentada por el PRD, y en su momento determinó que el mensaje no había sido ilegal.

No obstante, dijo que hubo una falta de deber de cuidado por la difusión del mensaje en estados donde ya había iniciado la campaña, y la Sala Especializada ordenó en aquella ocasión remitir el caso al INE para que iniciara un procedimiento sancionador contra Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) y las 38 emisoras de radio y televisión que difundieron el mensaje.Con información de Fernando Velasco | SDP NOTICIAS

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